Normativa de la Actividad Pediátrica de la Clínica de Especialidades Médico Quirúrgicas    

 

 

 

 

La atención especializada a los niños tendrá como objetivo fundamental, la prestación de un servicio de calidad, de acuerdo con la época y enmarcada dentro de principios éticos, como lo impone la profesión médica y nuestros códigos de ética.

 

 

 

1. De las Guardias:

 

Para la realización de las guardias por la modalidad de disponibilidad, se mantiene el sistema de guardia semanal, con inicio Lunes 8 am y final  Lunes 8 am, para cada Pediatra por el sistema rotativo, (siguiendo el mismo cronograma ya establecido a comienzos del corriente año).

 

Las mismas serán realizadas por la Dra. Carmen Segovia, Dra. Inés Pérez de Fernández, Dr. Vicente Fernández y Dr. Samuel Rondón.

 

 

 

2. De las Emergencias:

 

Todo  niño que sea traído por  sus padres o familiares, solicitando servicio de atención pediátrica de urgencia a la emergencia de la Clínica, deberá ser recibido por el Médico Residente de Guardia, quien a su vez con antelación pondrá a la orden el servicio médico pediátrico especializado de guardia.

 

Si a solicitud de los padres, es el ser solo evaluado por el médico residente, el mismo procederá a la atención médica del paciente.

 

Si el bebé al ser evaluado por el médico residente de guardia, considera  que  amerita interconsulta con el especialista, deberá previa información, explicación y aprobación de los padres,  solicitar al Pediatra de Guardia de la Clínica para ese momento.

 

Si a solicitud de los padres con respecto  a la atención médica por especialista en forma directa, se procederá entonces a llamar al Pediatra de Guardia de la Clínica para ese momento.

 

 Si a solicitud de los padres con respecto  a la atención médica por especialista en forma directa y ellos solicitan a algunos de los pediatras del  cartel de guardias de la Clínica, se procederá a llamar al pediatra que el familiar solicita.

 

Si por razones de fuerza mayor o de otra índole (opinión de los padres) fuese imposible ó no conveniente contactar al Pediatra de Guardia, se establece entonces, como normativa  que en esta circunstancia se establecerá comunicación con otro de los Pediatras del cartel de guardias de la Clínica, siguiendo el orden de la guardia semanal próxima correspondiente.

 

Cualquier situación particular que no quede anotada en las consideraciones anteriores y que se presente en la emergencia, deberá ser informada y  resuelta por la Coordinación de Pediatría de la Clínica, Dra. Carmen Segovia o por el Director Médico, Dr. Samuel Rondón.

 

 

 

 

 

3. De las Hospitalizaciones:

 

Toda hospitalización de un paciente pediátrico debe realizarse a través del Servicio de Emergencia de la institución y siempre ajustada a la normativa administrativa correspondiente.

 

Los niños referidos para hospitalización donde el Resumen Médico  de referencia, realizada por el médico que envía al paciente (médico general ó médico pediatra), tenga como encabezado: “Para Médico Pediatra de Guardia de la Clínica de Especialidades MQ”, motivará que se solicite de inmediato al Médico Pediatra de Guardia.

 

Los niños referidos a la emergencia  por Pediatras de cortesía de la Clínica y donde se establezca en el Resumen Médico de Referencia el encabezado: “Favor de hospitalizar al…” y al final de la misma: “Favor notificar al ingresar”, ó que de otra manera se explique   que el mismo será  el pediatra tratante, serán tratados por el mismo Pediatra de cortesía  que refiere el caso para hospitalización.

 

No procederán las notas de referencia médica (médico general ó médico pediatra de cortesía), donde se solicite a otro médico  pediatra de cortesía de la clínica. En este caso deberá, llamarse al Pediatra de Guardia para ese momento, previa información a los familiares de la normativa institucional correspondiente. En este caso también si por opinión de los padres no es pertinente contactar  al Pediatra de Guardia, se establece entonces, como normativa a los Médicos Residentes, que en esta circunstancia deberá  comunicarse con otro de los Pediatras del cartel de guardias, siguiendo el orden de la guardia semanal próxima correspondiente.

 

Los niños referidos por pediatras accionistas de la Clínica, serán tratados por el mismo Pediatra que refiere.

 

            Una vez completada la hospitalización, el médico residente deberá informar al médico especialista tratante que su paciente ya se encuentra ubicado en el área de hospitalización.

 

Si los padres del paciente llegan a la emergencia junto con el pediatra tratante del bebé, solo se hace necesario el completar los trámites administrativos necesarios para la hospitalización.

 

            Se hace conveniente, que en todos los casos de hospitalizaciones por médicos pediatras de cortesía, y  ya ajustadas a la normativa correspondiente, se haga  notificación y solo para conocimiento  al Pediatra de Guardia de la institución.

 

En caso de que el pediatra tratante de un niño hospitalizado, tenga que ausentarse por motivos personales (vacaciones, viajes, problemas de salud, etc.) y no pueda continuar los cuidados de vigilancia general del caso y su respectivo tratamiento, deberá ajustarse a la siguiente normativa: 1.- Si el médico pediatra tratante es de cortesía, deberá dejar encargado al pediatra accionista de guardia de la institución, o en su defecto a otro de los pediatras del cartel de la clínica, manteniendo el orden de semanas de guardias siguientes  de acuerdo al plan pre establecido anual, ya conocido por cada uno de ellos y fijada la programación en la cartelera de la recepción o de la emergencia 2.- Si el  médico pediatra tratante es accionista, deberá dejar encargado a otro pediatra accionista de la clínica manteniendo el orden de semanas de guardias siguientes  de acuerdo al plan pre establecido anual, ya conocido por cada uno de ellos y fijada la programación en la cartelera de la recepción o de la emergencia.

 

El médico de guardia, en cualquiera de los casos, podrá solicitar la presencia  del especialista tratante, antes de la hospitalización, en caso de que se tenga  necesidad de  completar alguna formalidad administrativa en casos de ingresos por una compañía de seguro y donde falten algunos datos de los  formatos correspondientes y que son necesarios para  obtener la clave administrativa, indispensable para la hospitalización (Resumen de ingreso, firma de documentos, etc).

 

Cualquier situación que no quede anotada en las consideraciones anteriores, en lo referente a la normativa de “Hospitalizaciones” y que se presenten en la emergencia, deberá ser resuelta por la Coordinación de Pediatría de la Clínica, Dra. Carmen Segovia ó por el Director Médico, Dr. Samuel Rondón.

 

 

 

 

 

4. De la Asistencia del Recién Nacido en la Sala de Partos o Pabellón:

 

La atención inmediata al recién nacido sano, extraído por parto normal o cesárea, estará a cargo, del Pediatra de Guardia ó por otro de los Pediatras del equipo de guardias de la Clínica.  

 

 

 

5.- De la Asistencia al Recién Nacido Críticamente enfermo:

 

En ambos casos, de los neonatos que han nacido dentro de la Clínica ó son referidos de otro centro privado ó del Hospital Central de San Felipe, serán tratados en la Unidad De Terapia Intensiva Neonatal a cargo del equipo de neonatología de la Clínica, bajo la coordinación del Dr. Samuel Rondón.

 

 

 

6.- De la Asistencia del Paciente Pediátrico Críticamente enfermo:

 

Serán tratados en la Unidad De Terapia Intensiva Pediátrica  a cargo del equipo de Terapia Intensiva Pediátrica  de la Clínica, bajo la coordinación de la Dra. Flor Teresa Sánchez

 

 

 

 

Normativa realizada por el grupo de médicos pediatras de la Clínica de Especialidades Médico Quirúrgicas, bajo la Coordinación de la  Dra. Carmen Segovia y la Dirección del Dr. Samuel Rondón Guerra (webmaster). Copyright 2004  

 

 

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